La planta tiene su emplazamiento en los terrenos de Zona Franca, donde la Autoridad Portuaria de Las Palmas le otorgó una concesión para ocupar una superficie de 4.135,75 m2.
La Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial publica este jueves en el Boletín Oficial de Canarias el Acuerdo de la Comisión Autonómica de Evaluación Ambiental de 20 de julio de 2022, que formula Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto de instalación de fábrica de hipoclorito sódico al 15% en el Polígono Industrial de Arinaga, término municipal de Agüimes, Gran Canaria, promovido por Biomca Química, S.L.
La Comisión Autonómica de Evaluación Ambiental acordó formular la Declaración de Impacto Ambiental determinando que a los efectos ambientales sí procede su realización.
La planta tiene su emplazamiento en la zona de servicio del Puerto de Arinaga, en los terrenos de Zona Franca, donde la Autoridad Portuaria de Las Palmas le otorgó una concesión para ocupar una superficie de 4.135,75 m2.
Biomca Química, S.L., con esta planta de hipoclorito sódico, pretende dar respuesta a la elevada demanda existente del producto de referencia, disminuyendo el precio de venta del mismo y aumentando su calidad con respecto a los competidores. De esta forma, los clientes potenciales quedarán exentos de la necesidad de importar el mismo, con la consiguiente reducción en los costes de transporte y el aumento en la calidad del producto, ya que el hipoclorito sódico constituye un compuesto inestable que se va degradando a razón de 0,75 g de Cl activo por día, degradación favorecida por el movimiento en los barcos de transporte y la temperatura de almacenamiento. Finalmente, el producto elaborado será distribuido mediante camiones cisterna que suministrarán directamente a los clientes potenciales, principalmente piscinas, abastecimiento de aguas, envasadoras de lejía, etc.”
Se trata de una instalación para la fabricación de hipoclorito sódico al 15% (lejía concentrada) mediante un proceso químico a partir de una disolución de agua desmineralizada (H2 O) y Sal Común purificada (NaCl), salmuera, que se somete a una corriente eléctrica (Electrolisis), mediante la cual se obtiene cloro gaseoso (Cl2), hidrógeno gaseoso (H2) y sosa cáustica (NaOH); con posterioridad el cloro obtenido se reincorpora al sistema, en presencia de ácido clorhídrico (ClH), sulfito de sodio (NaSO) y sosa cáustica (NaOH), para formar el hipoclorito de sodio e hidrógeno.
Esta declaración de impacto ambiental del proyecto perderá su vigencia y cesará en la producción de los efectos que le son propios si no se hubiera comenzado su ejecución en el plazo de cuatro años, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el BOC. A estos efectos el promotor deberá comunicar el inicio de la ejecución del proyecto a la Dirección General de Lucha contra el Cambio Climático y Medio Ambiente y al resto de administraciones afectadas por la obras y la operatividad de la instalación.
Ver publicación en: BOC-A-2022-159-2668
Noticia: InfoPuerto